Glovo y Delivery Hero, sancionadas con 329 millones de euros
La Comisión Europea ha lanzado un mensaje contundente al ecosistema digital europeo: la competencia también se aplica en el mundo de las plataformas. En un caso histórico, Glovo y su matriz Delivery Hero, dos nombres referentes del reparto a domicilio a domicilio, han sido sancionados con un total de 329 millones de euros por participar en un cartel ilegal que operó durante cuatro años en el Espacio Económico Europeo.
Tres prácticas clave y una relación cuestionada
Tal y como ha explicado la Comisión, sus investigaciones han revelado que, entre julio de 2018 y julio de 2022, ambas compañías pactaron tres tipos de conductas anticompetitivas:
- No captarse empleados entre sí: mediante cláusulas de no contratación que se ampliaron progresivamente hasta convertirse en un acuerdo generalizado. Es lo que la Comisión ha denominado «cártel laboral».
- Intercambiar información sensible: sobre precios, estrategias comerciales y expansión territorial.
- Repartirse mercados geográficos: evitando competir en los mismos países y coordinando entradas en nuevos mercados.
Lo más delicado del caso es que estas prácticas fueron posibles gracias a que Delivery Hero adquirió una participación minoritaria en Glovo, antes de asumir el control total de la empresa en 2022. Esta inversión, aunque legal en sí misma, facilitó un nivel de acceso e influencia que la Comisión considera excesivo y perjudicial para la competencia.
Recordemos que la alemana Delivery Hero es un gigante mundial del reparto de comida a domicilio que cotiza en la Bolsa de Fráncfort, y está presente en más de 70 países, 16 de ellos en el Espacio Económico Europeo. Colabora con cientos de miles de restaurantes. Delivery Hero. Mientras, Glovo, con sede en España, está presente en más de 20 países, 8 de ellos en el EEE.
Estas son las multas a Glovo y Delivery Hero
Las multas se han calculado siguiendo las directrices de 2006 y aplicando un 10% de reducción por aceptación de responsabilidad:
- Delivery Hero: 223,2 millones €
- Glovo: 105,7 millones €
Ambas compañías reconocieron su participación en el cartel y se acogieron al procedimiento de acuerdo simplificado, lo que aceleró la resolución y redujo el importe total. Eso sí, además de la multa, la decisión de la Comisión permite a cualquier parte afectada (usuarios, competidores, exempleados) demandar por daños y perjuicios ante tribunales nacionales, lo que podría abrir la puerta a litigios por parte de empresas que vieron limitado su crecimiento o talento debido a este pacto.
Como ha explicado la vicepresidenta europea, la española Teresa Ribera: «Las partes acordaron no contratar mutuamente a sus empleados, intercambiaron información y se asignaron mercados geográficos dentro del EEE. Este caso es importante porque estas prácticas se facilitaron mediante un uso anticompetitivo de la participación minoritaria de Delivery Hero en Glovo. Además, es la primera vez que la Comisión sanciona un acuerdo de no contratación, en el que las empresas dejan de competir por el mejor talento y reducen las oportunidades para los trabajadores».
Un hito legal: el primer cartel laboral sancionado por la UE
Aunque llevamos un par de años en el que las multas, sanciones e investigaciones a los gigantes digitales (Meta, Google, Amazon…) se suceden una detrás de otra, este caso marca dos precedentes legales inéditos:
Es la primera vez que la Comisión sanciona un cartel laboral, es decir, un acuerdo entre empresas para no competir por talento. Al vetar la movilidad de empleados, se limita la evolución profesional en un sector ya tensionado por la falta de perfiles cualificados.
Y es también la primera vez que se castiga el uso anticompetitivo de una participación minoritaria en una empresa rival. Es decir, la Comisión estima que los consumidores podrían haber pagado más o tenido menos opciones en sus plataformas de reparto favoritas debido a esta coordinación encubierta. Además, al repartirse mercados y no competir en talento, las plataformas disminuyen la presión para innovar o mejorar sus condiciones para partners y usuarios.


Así que como te imaginarás, esta combinación plantea nuevas alertas para cualquier empresa que tenga inversiones cruzadas en compañías competidoras, especialmente en mercados de alto crecimiento como el del delivery, la movilidad o los marketplaces. Incluso sin control mayoritario, una inversión puede tener implicaciones anticompetitivas si permite influir en decisiones estratégicas o acceder a información confidencial.
Para startups que operan en verticales similares —logística, movilidad, travel, fintech—, esto obliga a revisar cuidadosamente pactos de socios, cláusulas de no competencia y acuerdos comerciales.
Imagen: ChatGPT